Términos y Condiciones


CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE POSESIONES

EFECTIVAS INTESTADAS.
Con la fecha de aceptación de este convenio, el aceptante de éste, en adelante, también
indistintamente como el “CLIENTE”, manifiesta su voluntad, en forma pura y simple, de
aceptar las cláusulas de este convenio, contratando al LEGAL DIGITAL LIMITADA, en adelante
“LEGAL DIGITAL”, para los servicios que se singularizarán a continuación:
1.-­CONDICIONES GENERALES Y ACEPTACIÓN DEL CLIENTE

La página web en internet www.herenciaenlinea.cl, (en adelante el “Sitio”) es de
propiedad de LEGAL DIGITAL LIMITADA (en adelante “LEGAL DIGITAL”), rol único tributario
77.704.279-3, con domicilio en calle Agustinas 681, oficina 705, comuna de Santiago,
Región Metropolitana, República de Chile. LEGAL DIGITAL se obliga a respetar la
legislación chilena, y a someter su actuar a una conducta ética intachable, cautelando la
transparencia en su conducta y prestando sus servicios en forma responsable a quien los
contrate, en adelante, también denominado el CLIENTE. El acceso a este Sitio es gratuito,
sin embargo, si desea contratar los servicios que se ofrecen, deberá pagar por aquellos la
suma de dinero que se señalará.

2.-­‐ OBJETIVO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS Y LÍMITES DE LAS GESTIONES.
Este Sitio ha sido creado por LEGAL DIGITAL con el objetivo primordial de tramitar
posesiones efectivas intestadas, en que tenga interés el CLIENTE, sólo en forma
electrónica, para ante el Servicio de Registro Civil y de Identificación de la República de
Chile –en adelante, también el “Registro Civil”-, con la consecuencial etapa posterior ante
el Servicio de Impuestos Internos. Lo anterior se hace con el objetivo de que el Registro
Civil reconozca la calidad de herederos aparentes a quienes corresponda de acuerdo a la
legislación chilena, y en base a la información que mantiene en sus registros el referido
servicio. La concesión de la posesión efectiva, y en su caso, la determinación del pago o
exención del impuesto a la herencia, son facultades privativas del Servicio de Registro Civil
e Identificación y del Servicio de Impuestos Internos. La negativa del Registro Civil a
conceder la posesión efectiva solicitada y/o para las personas que se pretenden, no es
responsabilidad de LEGAL DIGITAL. Tampoco lo es la determinación del impuesto a la
herencia o su exención, según el pronunciamiento del Servicio de Impuestos Internos.
Así, según lo señalado en el párrafo anterior los CLIENTE del Sitio se obligan a
respetar los Términos y Condiciones de Uso del mismo:

(a) El CLIENTE es quien solicita que se le conceda la posesión efectiva intestada, es
decir, aquella que se tramita respecto de la persona fallecida que no ha otorgado
testamento, y que se realiza ante el Registro Civil. Para lo anterior, el CLIENTE debe
ser mayor de 18 años, saber leer y escribir, tener la calidad de padre, madre, hijo o
cónyuge del fallecido e inscribirse en la página web en internet:
www.herenciaenlinea.cl, en adelante el “portal”, con los siguientes “datos
personales”: nombre completo, profesión u oficio, nacionalidad, número de cédula
de identidad, número de teléfono personal, correo electrónico, clave única
entregada por el registro civil e identificación, identificación de una cuenta
bancaria –señalando su tipo, es decir si es cuenta corriente, cuenta de ahorro,
cuenta rut, chequera electrónica o cuenta vista, banco y número de la cuenta-,
para que, en el caso que exista una devolución de dinero por parte del Registro
Civil, aquél le restituya la suma pagada en exceso. Respecto de la persona fallecida
se deben dar los siguientes datos mínimos, y ello sin perjuicio de otros adicionales
que se puedan requerir: Nombre completo de la persona fallecida, número de
cédula de identidad, estado civil, profesión u oficio, último domicilio (dirección,
comuna y región) de la persona fallecida. Si se desea que se agregue a la posesión
efectiva el inventario de los bienes y derechos que deben transmitirse a los
herederos, deben subirse al portal: (i) Para el caso de los bienes inmuebles o
derechos en ellos: Fotografías legibles del certificado de avalúo fiscal del inmueble,
emanado del Servicio de Impuestos Internos. El certificado de hipotecas y
gravámenes, emanado del Conservador de Bienes Raíces del lugar en que se
encuentra el inmueble. (ii) Para el caso de vehículos motorizados: El número de la
placa patente. (iii) Para el caso de que existan fondos en una AFP: Una fotografía
legible del certificado emanado de la AFP en que cotizaba el difunto, que exprese
el dinero acumulado a nombre de aquel. (iv) Para el caso de participación en
sociedades: Fotografías legibles de la escritura de constitución, de la inscripción en
el registro de comercio del conservador, de la publicación en el Diario Oficial, del
rut de la sociedad y valoración de los derechos del fallecido en la sociedad,
conforme normas contables generales. (v) Para el caso de acciones, fondos
mutuos, depósitos, cuentas corrientes, de ahorro, a la vista u otras cuentas
bancarias: Fotografías legibles del certificado de la empresa en que se encuentran
los fondos que dé cuenta de la suma de dinero, acciones u otros instrumentos
valorizados en dinero. Si son acciones de una sociedad que cotiza en la bolsa de
comercio, se requiere un certificado de la Bolsa de Comercio que indique el precio
promedio de las acciones de que se trata, en los seis meses anteriores a la fecha de
fallecimiento de la persona a nombre de quien están inscritas las acciones. Si se
desea rebajar, de la valorización del inventario de bienes de la persona fallecida,
deudas, se requiere: (i) Respecto de los gastos funerarios: Fotografía legible de la

factura que da cuenta de los gastos funerarios de la persona fallecida. (ii) Respecto
de gastos médicos y de hospitalización de la última enfermedad del difunto:
Fotografía(s) legible(s) de la(s) factura(s) que da(n) cuenta de los gastos médicos
de la persona fallecida, en la medida que por aquella enfermedad, falleció. (iii)
Deudas del difunto en favor de otras personas o acreedores: Fotografía(s)
legible(s) de lo(s) documento(s) que da(n) cuenta de la(s) deuda(s) que tenía la
persona fallecida, al momento de su muerte.
(b) El precio por los servicios asciende a la suma de $250.000 (doscientos cincuenta
mil pesos), lo que se deben pagar a través del sistema establecido en la página,
una vez que se han entregado los “datos personales” antes descritos. El pago de
los servicios no garantiza que el Registro Civil conceda la posesión efectiva que se
pretende, ni que el Servicio de Impuestos Internos determine el impuesto de
herencia o se exención en su caso. LEGAL DIGITAL asume la obligación de realizar
las gestiones y tramitaciones pertinentes únicamente por el portal del Registro
Civil y el Servicio de Impuestos Internos, sólo con la información que nos entregue
en forma completa, de una sola vez, y en un primer momento, el CLIENTE –la que
no podrá ser entregada en forma parcializada en el tiempo-, con el objeto de que
cada uno de los servicios, se pronuncie sobre la concesión de la posesión efectiva
solicitada y el pago o exención del impuesto a la herencia. Los servicios que se
obliga a prestar por el pago antes indicado LEGAL DIGITAL se limitan a la
tramitación en línea, en el portal del Registro Civil de la posesión efectiva
intestada, hasta la emisión del certificado que concede la posesión efectiva en
base a la información que entregue el solicitante y que determine el Registro Civil,
y la determinación del impuesto a la herencia o su exención, que realice el Servicio
de Impuestos Internos. El pago del eventual impuesto a la herencia es de
responsabilidad del CLIENTE, y lo debe hacer por su cuenta y riesgo. Para el caso
que el CLIENTE omita, total o parcialmente, la entrega de bienes, derechos, o
deudas que desean que se incorporen al inventario, para el caso que se conceda la
posesión efectiva, ella no los reconocerá. Y en ese caso, el CLIENTE deberá por sí
solo tramitar la ampliación de la posesión efectiva. Las ampliaciones o
rectificaciones de las posesiones efectivas no se incluyen dentro de los servicios
que presta LEGAL DIGITAL. La omisión o errores en la entrega de la información del
CLIENTE, implicará que las gestiones posteriores deberá realizarlas, a su costo, y
personalmente ante el Registro Civil. El Registro Civil cobra actualmente, por la
tramitación de la posesión efectiva, los siguientes derechos, los que deben ser
solucionados por el CLIENTE, transfiriendo la suma a LEGAL DIGITAL, a fin de que
ésta lo pague una vez que se ha completado correctamente, y con todos los datos
exigidos la solicitud de la posesión efectiva: (a) Si el valor total del inventario del
fallecido es inferior al equivalente a 15 Unidades Tributarias Anuales, el Registro

Civil no cobra derechos por su gestión de la posesión efectiva. (b) Si el valor total
del inventario del fallecido es de entre 15 Unidades Tributarias Anuales y 45
Unidades Tributarias Mensuales, el Registro Civil cobra por derechos, por su
gestión de la posesión efectiva, la suma de 1,6 Unidades Tributarias Mensuales. (c)
Si el valor total del inventario del fallecido es de más de 45 Unidades Tributarias
Mensuales, el Registro Civil cobra por derechos por su gestión de la posesión
efectiva, la suma de 2,5 Unidades Tributarias Mensuales. Estos valores no se
incluyen dentro del precio que cobra LEGAL DIGITAL y no son en beneficio de esta
última.
(c) Se conviene que por los servicios que se prestan, una vez iniciado el pago del
precio de los servicios, no procede el derecho a retracto, por lo que no se
abonaran o restituirá suma alguna de dinero que haya pagado el CLIENTE a LEGAL
DIGITAL. El CLIENTE declara que la aceptación de estos términos y condiciones de
contratación supone que el CLIENTE ha tenido un acceso claro, comprensible e
inequívoco de las condiciones generales del servicio. El consentimiento del
CLIENTE se entiende formado al momento de aceptarse este convenio de
prestación de servicios, con sus términos y condiciones de contratación.
(d) Se deja constancia que el Registro Civil y el Servicio de Impuestos Internos no
tienen un plazo definido, en sus normativas específica que las regulan, para
resolver las solicitudes que se les presenten. Por lo que la demora de esos servicios
no son de responsabilidad ni imputables a LEGAL DIGITAL.
(e) Si el Registro Civil no concede la posesión efectiva, el CLIENTE debe deducir, bajo
su responsabilidad y costo, los recursos administrativos y judiciales que estime
pertinentes. Si, por otra parte, el Registro Civil no le reconoce la calidad de
herederos a las personas que el CLIENTE estima que lo serían, ello no es
responsabilidad de LEGAL DIGITAL y de estimarlo necesario, el CLIENTE deberá por
sí mismo presentar los recursos y reclamaciones que le permite la legislación
chilena. Ese servicio no está incluido, y no se presta por parte de LEGAL DIGITAL.
Para el caso que el Registro Civil conceda la posesión efectiva, el CLIENTE deberá
pagar directamente en la página de la Tesoreria General de la República en
internet, el impuesto a la herencia que determine aquella, o en su caso, obtener el
certificado que las asignaciones están exentas de aquel impuesto. En todo caso, se
recomienda al CLIENTE que el pago del impuesto a la herencia lo realiza
prontamente, para evitar que la mora genere multas e intereses por parte del
Servicio de Impuestos Internos.
(f) El tratamiento de los datos personales que entregue el CLIENTE a LEGAL DIGITAL

se hará sólo con el fin de tramitar la posesión efectiva y las gestiones relacionadas
o que se deriven de ella, incluidos, entre otros, aquellos destinados a la
determinación del impuesto a la herencia, o su exención. También se autoriza para
que se utilicen para ofrecerle al CLIENTE, posteriormente, servicios legales que se
relacionen de cualquier forma con los bienes o derechos relacionados con la
posesión efectiva. Al efecto, el CLIENTE declara que es el titular de los datos
personales que entrega a LEGAL DIGITAL. El CLIENTE, como titular de los datos
personales que entrega a LEGAL DIGITAL, consiente expresamente en entregar los
datos a esta última, con el fin antes singularizado. Y autoriza, sin ulterior
responsabilidad para LEGAL DIGITAL, para usar la clave única entregada, para los
objetos antes descritos. Para revocarse la autorización dada con el fin de utilizar la
clave única, deberá remitirse –con esa instrucción precisa- un correo electrónico al
correo de contacto de LEGAL DIGITAL, quedando sin efecto la autorización a las
veinticuatro horas de recibida la comunicación, con el título de “revocación” y: (a)
el nombre completo del CLIENTE y su número de cédula de identidad, más (b) el
nombre completo del fallecido y su número de cédula de identidad. Igual efecto de
revocación se producirá por la circunstancia que le titular de la clave única la
cambie ante el Registro Civil. En ambos casos, se entenderá automáticamente que
el titular renuncia a que LEGAL DIGITAL continúe prestando los servicios para los
cuales había sido contratado.
(g) Se conviene que si requerido el CLIENTE, para que realice los pagos que exige la
tramitación de la posesión efectiva, aquel no realiza los pagos dentro de los tres
días de solicitados a su correo electrónico registrado, la solicitud de dineros se
volverá a solicitar. Y si nuevamente no cumple con realizar el pago dentro de los
tres días, enviando al correo de contacto de LEGAL DIGITAL el comprobante de la
transferencia o depósito, señalando en el asunto el nombre del causante o
fallecido, su número de cédula de identidad, y la causa del depósito o
transferencia, se entenderá que renuncia a que se le sigan prestando los servicios
que se habían contratado, sin responsabilidad para LEGAL DIGITAL
(h) Los servicios que se obliga a prestar LEGAL DIGITAL se limitan a la tramitación de la
posesión efectiva y aquellos que se relacionan con la determinación del pago de
impuesto a la herencia que corresponda, o su exención. Los trámites posteriores a
que ellos den lugar, como pueden ser: el pago del impuesto aludido, las
inscripciones conservatorias, la transmisión de los vehículos, las gestiones ante
bancos, instituciones públicas o privadas para obtener los bienes o dineros
reconocidos a los herederos, no se consideran dentro de los servicios contratados,
y son de responsabilidad del CLIENTE.

(i) La totalidad de la información que contiene este Sitio, será considerada para
todos los efectos legales de propiedad de LEGAL DIGITAL LIMITADA, pudiendo
utilizar con cualquier fin toda idea, concepto, conocimiento o técnica incluidas en
la información que proporcione un visitante a través de este Sitio.
(j) Los derechos de propiedad intelectual del sitio, de la información y material
que aparecen en las mismas y de su disposición, pertenecen a LEGAL DIGITAL.
Este Sitio y los contenidos que alberga se encuentran protegidos por las leyes
de Propiedad Industrial e Intelectual, y por los tratados internacionales suscritos y
ratificados por Chile. Estos contenidos no podrán ser objeto de explotación,
reproducción, distribución, modificación, comunicación pública, cesión o
transformación, ni de ningún otro acto jurídico por parte de un tercero no
autorizado expresamente y por escrito por LEGAL DIGITAL. El acceso a este Sitio no
otorga a los CLIENTE derecho, ni titularidad alguna sobre los derechos de
propiedad intelectual de los contenidos que alberga este Sitio. LEGAL DIGITAL no
transfiere a los CLIENTE la propiedad de su software. El CLIENTE es el propietario
del soporte en el cual es software es grabado. LEGAL DIGITAL retiene todos
los derechos de propiedad industrial e intelectual incluyendo el software. Si el
CLIENTE transfiere software de este Sitio a su terminal, no podrá diseccionarlo
para su estudio, o descompilarlo, traducir la versión del código objeto original
o su lenguaje a otro código. Todas las marcas, logotipos, diseños, frases de
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DIGITAL no será responsable en absoluto respecto de su contenido y licitud.
LEGAL DIGITAL tendrá plena libertad de decisión sobre si las colaboraciones y
mensajes enviados son finalmente publicadas en el Sitio o no, quedando
facultada para retirarlos cuando estime oportuno, pudiendo publicar los
contenidos suministrados por el CLIENTE de forma parcial, resumida o
abreviada, sin ulterior responsabilidad. El acceso a este Sitio puede implicar la
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